TELECOMUNICACIONES
Nueva normativa de ICT.
El Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 4 de Abril de 2003, establece la “Adaptación de las Infraestructuras Técnicas de los Edificios a las Nuevas Tecnologías”. Su tarea: definir la adaptación que tienen que incorporar las viviendas, especialmente las de nueva construcción, para poder recibir los nuevos servicios de telecomunicaciones, como la televisión digital terrestre, los servicios de cable o la telefonía vía radio (LMDS), entre otros. Asimismo, garantizará la competencia efectiva entre los diferentes operadores, asegurando que disponen de igualdad de oportunidades para hacer llegar sus servicios hasta las viviendas de sus clientes.
Prensa

La aplicación de la nueva normativa garantizará que los edificios dispongan de la infraestructura necesaria para que los usuarios puedan acceder a todos los nuevos servicios, en este campo anuncia importantes novedades respecto al antiguo reglamento. Además, la normativa intenta que su texto tenga validez en el tiempo, para su posible adaptación, tanto desde el punto de vista constructivo, como del rigurosamente técnico.

Es obvio que el florecimiento de nuevas tecnologías y nuevos servicios requiere aplicaciones para las viviendas. La idea es estar preparados para poder acometer todas estas adaptaciones a través de unas infraestructuras comunes que deben estar instaladas en los edificios.

Entre las novedades más primordiales que afectan a los edificios de nueva construcción se hace hincapié en que estos podrán recibir servicios de televisión digital terrenal, de LMDS (telefonía vía radio) y de banda ancha en general. Y se aclara el derecho de los usuarios a instalar sistemas individuales cuando el servicio que se quiere contratar no se pueda proveer a través de la infraestructura común de telecomunicaciones (ICT), normalmente porque ésta no existe o porque no se prevé su instalación.

Hay que destacar los nuevos servicios de televisión digital terrenal que cada vez cuentan con más soluciones en el mercado por parte de los fabricantes.

Detallar responsabilidades
Es también importante señalar que en el proceso de actualización de esta normativa han participado cinco grupos de trabajo, entre los que había representantes de todo el sector, de la Administración, de promotores y constructores, de Colegios Profesionales de Ingenieros de Telecomunicaciones, de administradores de fincas, de asociaciones de fabricantes y operadores, de asociaciones de empresas instaladoras de telecomunicaciones, de fabricantes de materiales eléctricos, de consumidores y usuarios, y la mayoría de los operadores que prestan servicios de telecomunicaciones y de televisión por cable y satélite a los clientes finales. También han participado operadores LMDS y de banda ancha en general.

En la nueva normativa se facilita el acceso a la financiación para la ejecución de estas infraestructuras en viviendas en proceso de rehabilitación a través del Plan de la Vivienda y Suelo 2002-2005. Se concretan más las responsabilidades de los ingenieros que firman los proyectos y los certificados, y de los Colegios Profesionales que realizan el visado, aumentando las garantías de que el proyecto reúne los requisitos exigidos en la normativa.

Se pormenorizan más las obligaciones de las empresas instaladoras de telecomunicaciones. Se han depurado las dimensiones de los diferentes tipos de mecanismos, teniendo en cuenta los nuevos elementos.

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