TELECOMUNICACIONES
Nueva normativa de
ICT.
El Real Decreto, aprobado por el Consejo
de Ministros con fecha 4 de Abril de 2003, establece la “Adaptación de
las Infraestructuras Técnicas de los Edificios a las Nuevas
Tecnologías”. Su tarea: definir la adaptación que tienen que incorporar
las viviendas, especialmente las de nueva construcción, para poder
recibir los nuevos servicios de telecomunicaciones, como la televisión
digital terrestre, los servicios de cable o la telefonía vía radio (LMDS),
entre otros. Asimismo, garantizará la competencia efectiva entre los
diferentes operadores, asegurando que disponen de igualdad de
oportunidades para hacer llegar sus servicios hasta las viviendas de sus
clientes.
Prensa
La
aplicación de la nueva normativa garantizará que los edificios dispongan
de la infraestructura necesaria para que los usuarios puedan acceder a
todos los nuevos servicios, en este campo anuncia importantes
novedades respecto al antiguo reglamento. Además, la normativa
intenta que su texto tenga validez en el tiempo, para su posible
adaptación, tanto desde el punto de vista constructivo, como del
rigurosamente técnico.
Es obvio que el florecimiento de nuevas tecnologías y nuevos servicios
requiere aplicaciones para las viviendas. La idea es estar preparados
para poder acometer todas estas adaptaciones a través de unas
infraestructuras comunes que deben estar instaladas en los edificios.
Entre las novedades más primordiales que afectan a los edificios de
nueva construcción se hace hincapié en que estos podrán recibir
servicios de televisión digital terrenal, de LMDS
(telefonía vía radio) y de banda ancha en general. Y se aclara el
derecho de los usuarios a instalar sistemas individuales
cuando el servicio que se quiere contratar no se pueda proveer a través
de la infraestructura común de telecomunicaciones (ICT), normalmente
porque ésta no existe o porque no se prevé su instalación.
Hay que destacar los nuevos servicios de televisión digital
terrenal que cada vez cuentan con más soluciones en el mercado
por parte de los fabricantes.
Detallar responsabilidades
Es también importante señalar que en el proceso de actualización de esta
normativa han participado cinco grupos de trabajo, entre los que
había representantes de todo el sector, de la Administración, de
promotores y constructores, de Colegios Profesionales de
Ingenieros de Telecomunicaciones, de
administradores
de fincas, de asociaciones de fabricantes y operadores, de
asociaciones de empresas instaladoras de telecomunicaciones, de
fabricantes de materiales eléctricos, de consumidores y
usuarios, y la mayoría de los operadores que prestan servicios de
telecomunicaciones y de televisión por cable y satélite a los clientes
finales. También han participado operadores LMDS y de banda ancha en
general.
En la nueva normativa se facilita el acceso a la financiación para la
ejecución de estas infraestructuras en viviendas en proceso de
rehabilitación a través del Plan de la Vivienda y Suelo 2002-2005.
Se concretan más las responsabilidades de los ingenieros que firman los
proyectos y los certificados, y de los Colegios Profesionales que
realizan el visado, aumentando las garantías de que el proyecto reúne
los requisitos exigidos en la normativa.
Se pormenorizan más las obligaciones de las empresas
instaladoras de telecomunicaciones. Se han depurado las dimensiones
de los diferentes tipos de mecanismos, teniendo en cuenta los nuevos
elementos.
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